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Matrimonio Civil Ciudadano

DESCARGA DE DOCUMENTOS

La celebración de matrimonio es el acto por el que dos personas contraen matrimonio civil ante la autoridad competente. La autoridad competente en el Ayuntamiento de Torres de la Alameda es el Alcalde, que al mismo tiempo delega la función en los concejales y las concejalas.

Los trámites para el matrimonio civil deberán iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio donde estén empadronados uno o los dos futuros contrayentes. Si están domiciliados en poblaciones diferentes podrán escoger la que más les convenga. Las Oficinas del Registro Civil de Torres de la Alameda están ubicadas en Calle Mayor 42 Torres de la Alameda MADRID o en el (+34) 918 86 33 14.

A través de este procedimiento previo a la celebración del matrimonio, los contrayentes acreditan, por medio del expediente tramitado, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil para contraer matrimonio, según la legislación vigente.
Una vez solicitado el Auto del Registro Civil los contrayentes podrán pedir cita para la celebración de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Torres de la Alameda o en el (+34) 918 86 82 50.

Tasas

El abono de las tasas deberá ser realizado una vez este finalizado el expediente en el Registro Civil de Torres de la Alameda.
El importe de las Tasas para personas empadronadas en el municipio de Torres de la Alameda será de 20€.
El importe de las Tasas para personas no empadronadas en el municipio de Torres de la Alameda será de 200€.

Juzgado de Paz

Contacto
(+34) 918 86 33 14
Calle Mayor 42 Torres de la Alameda MADRID

Citas Matrimonio Civil

Contacto
(+34) 918 86 82 50
Plaza del Sol 16 Torres de la Alameda MADRID