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Cambio de Titularidad sobre una Unidad de Enterramiento
¿En qué consiste?
El cambio de titular del derecho funerario podrá efectuarse por transmisión “mortis causa” o “inter vivos”, es decir, el cambio del nombre del titular de una sepultura bien sea por su fallecimiento o por su voluntad.
Se atenderá a lo regulado en el Reglamento del Cementerio Municipal en el Capítulo primero del Titulo III.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano.
¿Dónde y cuándo puede solicitarlo?
En el Registro General del Excmo. Ayto. Torres de la Alameda y a través de Sede Electrónica.
¿Qué necesita para solicitarlo?
Documento de Identidad del solicitante o en caso de actuar como representante deberá aportar Autorización original y firmada y DNI del representado.
¿Qué pasos debe seguir?.
- Cumplimentar el MODELO Solicitud de Cambio de Titularidad del derecho funerario.
Si el Cambio de Titularidad es por “mortis causa: adjuntar junto con la instancia y según el caso, el MODELO Declaración Responsable de Único Heredero Anexo I o MODELO Declaración Responsable de Herederos Anexo II. Esta última deberá estar firmada por todos los herederos y se deberá aportar fotocopia del DNI de cada uno de ellos.
- Documentación acreditativa de la titularidad de la Unidad de enterramiento.
- Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación adjunta en el Registro General de Excmo. Ayto. Torres de la alameda o a través de Sede Electrónica.
- Retirar la liquidación en el Departamento de Tesorería, si la gestión es presencial. Si la gestión es telemática se procederá a enviársela a través de Sede Electrónica.
- Realizar el pago y presentar justificante de pago.
- Retirar el Título Concesión funeraria si el trámite se realiza de forma presencial. Si el trámite se ha realizado de forma telemática se enviará a través de Sede Electrónica.
¿Qué coste tiene?
Se atenderá a lo regulado en la Ordenanza fiscal Nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal
Legislación
-Ordenanza fiscal Nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal.
-Reglamento del Cementerio Municipal.
-Decreto 2263/1974, de 20 de julio (Gobernación), por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
-Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
-Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disp. Adic. 2ª.
-Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. Arts. 2, 4, 75, 78, 79.