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Cesión/Renovación de uso Unidad funeraria
Cesión/Renovación de uso Unidad funeraria
¿En qué consiste?
En la adquisición del derecho de uso sobre un nicho, sepultura, columbario o panteón para la realización de inhumaciones.
Las concesiones renovables serán por periodo no superior a 75 años.
Se otorgarán por periodos de 10, 20, 50 y 75 años.
La titularidad de la Cesión de uso sobre una Unidad funeraria puede otorgarse a persona física y jurídica.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano.
¿Dónde y cuándo puede solicitarlo?
En el Registro General del Excmo. Ayto. Torres de la Alameda y a través de Sede Electrónica.
¿Qué necesita para solicitarlo?
Documento de Identidad del solicitante o en caso de actuar como representante deberá aportar Autorización original y firmada y DNI del representado.
¿Qué pasos debe seguir?.
- Ponerse en contacto con la empresa adjudicataria del Cementerio Municipal para la asignación de sepultura:
D&B Complutense
Teléfono 918300695.
- Cumplimentar el MODELO SOLICITUD CONCESIÓN RENOVACIÓN UNIDAD FUNERARIA del Cementerio Municipal de Torres de la Alameda
- Entregar la instancia cumplimentada en el Registro General de Excmo. Ayto. Torres de la alameda o a través de Sede Electrónica.
- Retirar la liquidación en el Departamento de Tesorería, si la gestión es presencial. Si la gestión es telemática se procederá a enviársela a través de Sede Electrónica.
- Realizar el pago y presentar justificante de pago.
- Retirar el Título de Cesión si el trámite se realiza de forma presencial. Si el trámite se ha realizado de forma telemática se enviará a través de Sede Electrónica.
¿Qué coste tiene?
Se atenderá a lo regulado en la Ordenanza fiscal Nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal
Incluir aquí las tablas (enlace/link a la tabla de la ordenanza)
Legislación
-Ordenanza fiscal Nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal.
-Reglamento del Cementerio Municipal.
-Decreto 2263/1974, de 20 de julio (Gobernación), por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Arts. 21.1.s, 25, 26.
-Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. Arts 2, 4, 75, 78 y 79.
Cesión/Renovación de uso Unidad funeraria