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Tributos

Calendario Fiscal 2023

Estos son los plazos para el pago de tributos municipales durante el 2023.

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (rústica y urbana) IBI: 15 DE SEPTIEMBRE A 15 DE NOVIEMBRE.
  • Impuesto sobre actividades económicas: 15 DE SEPTIEMBRE A 15 DE NOVIEMBRE.
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: 3 DE ABRIL A 5 DE JUNIO. (Último día para domiciliación: 4 de febrero).
  • Tasa de entrada de vehículos: 3 DE ABRIL A 5 DE JUNIO. (Último día para domiciliación: 4 de febrero)
  • Tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público local mediante quioscos, ocupaciones y anuncios permanentes: 3 DE ABRIL A 5 DE JUNIO.

Sistema Especial de Pago. PAGO FÁCIL: 

  • 1º PLAZO: 16 de enero
  • 2º PLAZO: 15 de marzo
  • 3º PLAZO: 15 de mayo
  • 4º PLAZO: 17 de julio
  • 5º PLAZO: 15 de septiembre
  • 6º PLAZO: 15 de noviembre

¿Sabes que existe un método para ahorrarte un 5% de tus impuestos?

Se trata del PAGO FÁCIL:  Pago Fácil es un Sistema Especial de Pago que permite abonar los impuestos municipales de manera fraccionada en seis pagos bimestrales, no tiene recargos ni intereses y bonifica a todos los vecinos acogidos a este sistema con un 5% de ahorro en sus impuestos municipales. La única obligación para el ciudadano es la domiciliación bancaria.

Los empadronados en Torres que quieran acogerse a este sistema deben solicitarlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento  o de manera presencial en el Registro del Ayuntamiento (cita previa). El único requisito es estar al corriente de pago de los impuestos municipales.

*Las solicitudes presentadas antes del 30 de octubre, surtirán efecto a partir del l de enero del año siguiente al que se cur­se la solicitud y permanecerá vigente hasta que el interesado no solicite expresamente su exclusión o incumpla alguno de los requisitos necesarios para acogerse a este sistema.

Pago telemático de tributos

El Ayuntamiento dispone de un portal tributario que permite el pago telemático de los tributos, puedes acceder a él a través de nuestra página web.

En este portal podrá realizar el pago directo de sus tributos locales, ver el estado de sus tributos, obtener los recibos, descargar justificantes de pago y realizar las domiciliaciones de sus recibos.

¿Cómo solicitar la Bonificación del IBI para las Familias Numerosas en Torres de la Alameda?

El Ayuntamiento de Torres de la Alameda informa sobre los plazos y trámites a seguir para solicitar la bonificación en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana de 2018 por ser familia numerosa. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el próximo 15 de junio.

Los requisitos para beneficiarse

  • Poseer Título de Familia Numerosa.
  • Solicitar bonificación antes del 15 de junio.
  • Encontrarse empadronados todos los miembros de la unidad familiar en su vivienda habitual el 1 de enero del ejercicio objeto de bonificación.
  • Ser sujeto pasivo del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana a 1 de enero del ejercicio objeto de bonificación.

Y la documentación que hay que presentar:

  • Fotocopia del DNI.
  • Declaración de la Renta presentada en el ejercicio anterior.
  • Fotocopia compulsada del Título de Familia Numerosa en vigor a la fecha de la solicitud.

Será necesario estar al corriente de pago con la administración local para ser beneficiario y la solicitud debe solicitarse todos los años en los plazos previstos.

También pueden consultar más información y descargar la solicitud en el siguiente enlace de la página web municipal:  https://www.torresdelaalameda.org/bonificacionfamilianumerosa/ o recoger en el Registro del Ayuntamiento en horario de lunes a viernes de 8-14 horas.

Nueva bajada del recibo del IBI

El Alcalde de Torres de la Alameda, Carlos Sáez, anunció ayer en el Pleno Extraordinario del Estado del Municipio una nueva bajada en los recibos del IBI correspondientes al año 2017. Por segundo año consecutivo, los vecinos del municipio se beneficiarán de una bajada del 8% de los valores catastrales que se traducirá en un menor importe en los recibos del IBI.

La bajada no sólo afecta a la contribución sino que beneficiará a las personas que tengan que abonar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos Urbanos, la llamada plusvalí­a, ya que su importe se calcula sobre el valor catastral, que este año vuelve a ser un 8% menor.

Esta rebaja es posible gracias al superavit presupuestario tanto en el ejercicio 2015 como en el  2016; que ha permitido poder reducir parte de la deuda municipal a la vez que rebajar las cuotas del IBI de los torresanos.