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Cementerio Municipal

Información sobre trámites de cesión, renovación y cambio de titularidad de unidades funerarias.

Cementerio Municipal · Trámites y gestiones

Información sobre los principales trámites del Cementerio Municipal de Torres de la Alameda, incluyendo la cesión o renovación de uso de unidades funerarias y el cambio de titularidad del derecho funerario.

Información municipal

Los trámites podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica. Se recomienda revisar previamente la documentación necesaria y aportar los justificantes de pago que correspondan.

Cesión o renovación de uso de unidad funeraria

Descripción

¿En qué consiste?

Consiste en la adquisición del derecho de uso sobre un nicho, sepultura, columbario o panteón para la realización de inhumaciones.

  • Las concesiones renovables serán por un periodo no superior a 75 años.
  • Se podrán otorgar por periodos de 10, 20, 50 y 75 años.
  • La titularidad de la cesión de uso sobre una unidad funeraria podrá otorgarse a persona física o jurídica.
Solicitud

Información básica

  • Quién puede solicitarlo: cualquier ciudadano.
  • Dónde puede solicitarse: en el Registro General del Ayuntamiento de Torres de la Alameda y a través de Sede Electrónica.
  • Documentación inicial: documento de identidad del solicitante.
  • Representación: autorización original firmada y DNI del representado, si se actúa en nombre de otra persona.
Tramitación

Pasos para solicitar la cesión o renovación

  1. Ponerse en contacto con la empresa adjudicataria del Cementerio Municipal para la asignación de sepultura.
  2. Cumplimentar el modelo de solicitud de concesión o renovación de unidad funeraria del Cementerio Municipal de Torres de la Alameda.
  3. Presentar la instancia cumplimentada en el Registro General del Ayuntamiento o a través de Sede Electrónica.
  4. Retirar la liquidación en el Departamento de Tesorería, si la gestión es presencial. Si la gestión es telemática, se enviará a través de Sede Electrónica.
  5. Realizar el pago y presentar el justificante correspondiente.
  6. Retirar el título de cesión, si el trámite es presencial. Si se realiza de forma telemática, se enviará a través de Sede Electrónica.

Empresa adjudicataria del Cementerio Municipal: D&B Complutense

Teléfono: 91 830 06 95

Normativa

Importes y normativa aplicable

Los importes se regularán conforme a la Ordenanza fiscal nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal.

  • Ordenanza fiscal nº 10 reguladora de la Tasa del Cementerio y Tanatorio Municipal.
  • Reglamento del Cementerio Municipal.
  • Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.

Cambio de titularidad del derecho funerario

Descripción

¿En qué consiste?

El cambio de titular del derecho funerario podrá efectuarse por transmisión mortis causa o inter vivos; es decir, por fallecimiento del titular o por voluntad expresa de transmisión.

Se atenderá a lo regulado en el Reglamento del Cementerio Municipal, concretamente en el Capítulo primero del Título III.

Solicitud

Información básica

  • Quién puede solicitarlo: cualquier ciudadano.
  • Dónde puede solicitarse: en el Registro General del Ayuntamiento de Torres de la Alameda y a través de Sede Electrónica.
  • Documentación inicial: documento de identidad del solicitante.
  • Representación: autorización original firmada y DNI del representado, si se actúa en nombre de otra persona.
Mortis causa

Cambio de titularidad por fallecimiento

Se producirá tras el fallecimiento de los dos cónyuges. En caso de fallecimiento de uno solo, se entenderá que la titularidad recae de forma exclusiva en el cónyuge supérstite.

  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte del solicitante.
  • Certificado de defunción del titular actual.
  • Acreditación del parentesco familiar mediante libro de familia, testamento, declaración de herederos u otro documento válido.
  • Declaración jurada del solicitante, si no fuera posible acreditar documentalmente algunos datos por inexistencia o extravío de la documentación.
  • Título original de sepultura, nicho o columbario.
  • Declaración Responsable Heredero Único, Anexo I, si procede.
  • Declaración Responsable Herederos, Anexo II, firmada por todos los herederos que renuncien a la unidad de enterramiento a favor del nuevo titular, si procede.
  • Fotocopia del DNI de todos los herederos del derecho funerario.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
Inter vivos

Cambio de titularidad por transmisión voluntaria

Se comunicará al Ayuntamiento la voluntad fehaciente y libre del transmitente, así como la aceptación del nuevo titular propuesto.

  • Solicitud del titular del derecho firmada por él y por la persona o personas que figurarán como nuevos titulares.
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de todos los solicitantes.
  • Título original de la unidad funeraria.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.