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Ayuntamiento de Torres de la Alameda

Abrimos la tramitación electrónica para todos los ciudadanos

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Abrimos la tramitación electrónica para todos los ciudadanos

Mientras dure “estado de alarma” se ha habilitado un sistema excepcional de tramitación exclusivamente para temas relacionados con las medidas adoptadas por el Gobierno de la nación ante la crisis sanitaria por el COVID-19. Sólo necesitarás disponer de una cuenta de correo electrónico para realizar formalmente este tipo de trámites en el Ayuntamiento. Ante la situación excepcional que estamos viviendo hemos habilitado en nuestra web la opción de tramitación electrónica para todos los vecinos sin necesidad de certificado digital o dni electrónico.

Ante la situación excepcional que estamos viviendo hemos habilitado en nuestra web la opción de tramitación electrónica, relacionada con el “estado de alarma” para todos los vecinos sin necesidad de certificado digital o dni electrónico.

Esta posibilidad permitirá a los ciudadanos realizar trámites formales a través del correo electrónico. Además se establece la GRATUIDAD de la emisión de los certificados de empadronamiento necesarios para solicitar las ayudas que el gobierno de la nación ha puesto en marcha para paliar la crisis generada por el covid-19.

Estas medidas estarán en vigor mientras dure el estado de alarma.

El funcionamiento del sistema será el siguiente:

1. Se permitirá realizar una solicitud dirigida al Ayuntamiento de Torres de la Alameda sin necesidad de utilizar un certificado electrónico. La solicitud se presentará por correo electrónico, y la persona deberá indicar de forma obligatoria su teléfono y dirección de correo electrónico para ser llamada en todo caso, a fin de confirmar los extremos de su solicitud.

2. Para la realización del trámite, el servicio de Atención al Ciudadano procederá, en su caso, a la identificación de la persona, si se considera necesaria. Dicha identificación se realizará a través de preguntas cruzadas, contrastando con el ciudadano la información que obra en las distintas bases de datos municipales.

3. El empleado público comprobará y recabará, en su caso, en nombre del ciudadano, en la máxima medida de lo posible, cuantos datos y documentos sean precisos para la tramitación del procedimiento en cuestión. Asimismo se aplicará el principio de “la menor molestia posible”.

 4. El traslado de la documentación solicitada se realizará también por correo electrónico.

 5. No se liquidará la tasa por la expedición de los certificados de padrón.

Acceso directo al formulario de tramitación

Decreto Tramitaciones sin certificado electrónico y gratuidad de trámite

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