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Entrada: CONVIVENCIA CIUDADANA: Uso inadecuado del espacio público para juegos

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Entrada: CONVIVENCIA CIUDADANA: Uso inadecuado del espacio público para juegos

Seguimos repasando la nueva Ordenanza de Convivencia Ciudadana de nuestro municipio, en esta ocasión la regulación de los juegos con balones, monopatines y patinetes.

Finalidad: La práctica de juegos de pelota, monopatín o similares en el espacio público está sometida al principio general de respeto a los demás, y, en especial, de su seguridad y tranquilidad, así como al hecho de que no impliquen peligro para los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privado.

Normas de conducta: No está permitida la práctica de juegos en el espacio público y de competiciones deportivas masivas y espontáneas que perturben los legítimos derechos de los demás usuarios del espacio público.   Quedan exceptuadas las pruebas deportivas y otros eventos en la vía y espacios públicos debidamente autorizados.

No está permitida la práctica de juegos con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados.

 No está permitida la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas a tal efecto.

No está permitida la utilización de escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas, barandillas, bancos …  para realizar acrobacias con patines y monopatines.

No se permite el juego con balones u otros instrumentos  siempre que exista perjuicio a terceras personas  que provoquen daños en los bienes de uso público o se realicen a horas incompatibles con el descanso.

No está permitido el uso inadecuado de los juegos y parques infantiles especialmente teniendo en cuenta que estos espacios están exclusivamente reservados para niños y niñas.

Sanciones:

La policía local podrá procecer a la retirada cautelar del, balón, monopatín, patín o cualquier otro instrumento con el que se haya producido la conducta.

LEVE: multa de hasta 750 €

  • La práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas a tal efecto.
  • El juego con balones u otros instrumentos en los espacios públicos, siempre que exista perjuicio a terceras personas o daños en los bienes de uso público, o se realicen a horas impropias para el descanso de la vecindad.
  • El mal uso de los juegos y parques infantiles o que generen suciedad o daños

GRAVE: multa desde 751 € hasta 1 500 €

  • La práctica de juegos con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados.
  • La utilización de escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas con movilidad reducida, barandillas, bancos, pasamanos, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano para realizar acrobacias con patines y monopatines.

MUY GRAVE: multa desde 1 501 € hasta 3 000 €

  • La práctica de juegos en el espacio público y de competiciones deportivas masivas y espontáneas que perturben los legítimos derechos de los vecinos y vecinas o de los demás usuarios del espacio público