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Matrimonio Civil

Información sobre la tramitación del expediente matrimonial, reserva del espacio municipal y celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

Matrimonio civil

La celebración del matrimonio civil es el acto por el que dos personas contraen matrimonio ante la autoridad competente. En el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, esta función corresponde al Alcalde, quien puede delegarla en los concejales y concejalas.

Información general

La celebración del matrimonio civil en dependencias municipales requiere haber tramitado previamente el expediente matrimonial ante el Registro Civil correspondiente.

Una vez obtenido el Auto del Registro Civil, será necesario solicitar la reserva del espacio municipal para la celebración del matrimonio civil en el Ayuntamiento.

Tramitación

Los trámites para el matrimonio civil deberán iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio donde estén empadronados uno o los dos futuros contrayentes.

En caso de estar empadronados en municipios distintos, podrán elegir el Registro Civil que más les convenga.

Mediante el expediente previo a la celebración del matrimonio, los contrayentes acreditan que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil, conforme a la legislación vigente.

Inicio del expediente matrimonial Debe realizarse ante el Registro Civil que corresponda según el empadronamiento de los contrayentes.
Obtención del Auto del Registro Civil Una vez finalizado el expediente, se obtiene la autorización necesaria para la celebración.
Reserva del espacio municipal Con el Auto del Registro Civil, se solicita la reserva del salón o espacio municipal disponible.

Documentación y requisitos básicos

La documentación concreta deberá confirmarse con el Registro Civil u Oficina de Justicia en el Municipio, ya que puede variar según la situación personal de los contrayentes.

  • Inicio del expediente matrimonial en el Registro Civil correspondiente.
  • Obtención del Auto del Registro Civil autorizando la celebración.
  • Solicitud de reserva del espacio municipal.
  • Abono de la tasa correspondiente, cuando proceda.

Tasas

El abono de las tasas se realizará una vez finalizado el expediente en el Registro Civil.

Personas empadronadas en el municipio: 20 €

Personas no empadronadas en el municipio: 200 €

Importante

La reserva del espacio municipal para la celebración de la boda no sustituye la tramitación previa del expediente matrimonial ante el Registro Civil.

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