Información y solicitud de fraccionamiento o aplazamiento para el pago de impuestos, tasas y otros ingresos municipales
Aplazamiento y fraccionamiento
Si no puedes pagar una deuda municipal en un único pago, puedes solicitar un aplazamiento
(pagar más tarde) o un fraccionamiento (pagar en varios plazos), conforme a la Ordenanza municipal.
Importe mínimo
No se tramitan solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento para deudas inferiores a 150 €.
¿Qué es un aplazamiento o fraccionamiento?
Aplazamiento: pago en una fecha posterior.
Fraccionamiento: pago en varios plazos.
Se solicita para una deuda o un conjunto de deudas.
Límites generales
Plazo máximo según el importe total de deuda solicitada.
Con carácter general, el importe máximo para 24 meses es hasta 24.000 €.
Excepciones posibles mediante Decreto del órgano competente.
También puede realizarse de forma presencial en el Departamento de Recaudación,
en horario de 8:00 a 14:00 horas.
Plazos máximos según Ordenanza
El plazo máximo para aplazar o fraccionar una deuda depende del importe total incluido en la solicitud.
Importe total de deuda
Plazo máximo
Inferior a 150 €
No se admite solicitud
Hasta 1.000 €
7 meses
De 1.000,01 € a 3.000 €
12 meses
De 3.000,01 € a 6.000 €
18 meses
De 6.000,01 € a 24.000 €
24 meses
Recibos periódicos en periodo voluntario
Las deudas en periodo voluntario correspondientes a recibos periódicos se podrán aplazar o fraccionar
conforme a los plazos anteriores, siempre que no entren en conflicto con los recibos del siguiente ejercicio.
Excepciones
Excepcionalmente, se podrá conceder un plazo mayor o superar el importe máximo de 24.000 €,
mediante concesión potestativa por Decreto, valorando la viabilidad del calendario de pagos.
Fuente: modificación del artículo 69.3 de la Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección (BOCM 30/06/2016).