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Impuesto sobre vehículos de Tracción de Mecánica IVTM

Trabajando por el futuro de Torres de la Alameda

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

El IVTM (también conocido como “impuesto de vehículos” o “numerito”) se paga una vez al año. Aquí tienes la información principal: quién lo paga, cuándo se paga, cuotas y bonificaciones.

Fechas de pago

Las fechas de pago del IVTM se rigen por el Calendario Fiscal aprobado por el Ayuntamiento. Consulta siempre las fechas oficiales aquí: Ver Calendario del contribuyente .

Consultar y pagar recibos

Accede a la Oficina Tributaria para consultar tus recibos, descargarlos y abonarlos online.

Ir a la Oficina Tributaria

¿Qué es y qué se paga?

  • Se paga por la titularidad de vehículos aptos para circular.
  • Se considera apto el vehículo matriculado mientras no cause baja.
  • También incluye permisos temporales y matrículas turísticas.
No están sujetos
  • Remolques y semirremolques con carga útil ≤ 750 kg.
  • Vehículos dados de baja por antigüedad autorizados solo para exhibiciones/carreras limitadas.

¿Quién lo paga?

  • Quien figure como titular en el permiso de circulación.
  • La obligación se toma a fecha 1 de enero (cuota anual irreducible en transferencias).
Prorrateo (por trimestres)
  • En primera adquisición (alta por matriculación) o baja definitiva.
  • También si hay baja temporal por robo/sustracción (desde la baja en el Registro).

Trámites

Cómo tramitar
Tramitación electrónica: a través de la Sede electrónica (enlace superior), con Certificado electrónico, DNIe o Cl@ve.
Tramitación presencial: en el Departamento de Recaudación, en horario de 8:00 a 14:00 horas.

Exenciones (no se paga el impuesto)

Exención por discapacidad / movilidad reducida (la más habitual para el ciudadano):

Discapacidad / movilidad reducida

  • Vehículos para personas de movilidad reducida o matriculados a nombre del beneficiario para uso exclusivo.
  • Solo puede aplicarse a un vehículo por beneficiario.
Documentación (discapacidad)

Se requiere acreditar el grado (≥ 33%) y aportar, según el caso, documentación como: certificado oficial, permiso de circulación, DNI, y declaración de uso exclusivo.

Bonificaciones (pagar menos)

Vehículos históricos o clásicos

  • 100% de bonificación si el vehículo tiene 30 años o más.
  • Hay que solicitarlo antes del 31 de diciembre del año en que cumple la antigüedad.
  • Se aplica desde el año siguiente.

Bonificación ambiental

Según el tipo de motor / combustible:

Tipo de vehículo Bonificación
Eléctricos de emisiones directas nulas / pila combustible 70%
Híbridos enchufables / gas natural / GLP (propano o butano) 50%
Híbridos (HEV) 30%

Si adaptas un vehículo a gas (distinto del de fábrica), debe constar la ITV correspondiente.

Importante

Las bonificaciones se aplican tras comprobar requisitos y, en general, desde el periodo siguiente a la solicitud/adaptación. Si hay sanción firme por contaminación durante el disfrute, puede exigirse devolver lo bonificado.

Cuotas anuales (tarifas)

Importes anuales establecidos para Torres de la Alameda:

Contacto

Departamento de Recaudación · Área de Recaudación voluntaria y ejecutiva
Teléfonos: 626 39 65 75 / 91 886 82 50
Email: recaudacion@torresdelaalameda.org

Área de Tesorería
Teléfonos: 648 672 479 / 91 886 82 50
Email: tesoreria@torresdelaalameda.org

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