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Licencias urbanísticas

Información sobre la tramitación municipal de licencias urbanísticas, declaraciones responsables y comunicaciones para obras, actividades, aperturas, instalaciones y usos del suelo.

Licencias urbanísticas

La tramitación urbanística municipal se articula mediante comunicación, declaración responsable o licencia urbanística, según el tipo de obra, actividad, instalación o uso del suelo que se pretenda realizar.

Comunicación

Actuaciones sencillas

La comunicación se utiliza para actuaciones de escasa entidad y sencillez técnica, cuando no se compromete la seguridad de las personas ni se alteran las condiciones medioambientales.

  • Cambios de titularidad de licencias urbanísticas vigentes.
  • Cambios de denominación social del titular.
  • Obras de mantenimiento y conservación interior.
  • Redistribución interior de viviendas sin afectar a estructura ni fachadas.
  • Obras de jardinería en parcelas privadas.
  • Estudios geotécnicos en suelo privado.
Inicio

La actuación podrá iniciarse desde la presentación de la documentación completa, sin perjuicio de la comprobación municipal posterior.

Declaración responsable

Bajo responsabilidad del interesado

El interesado manifiesta que cumple los requisitos exigidos por la normativa, que dispone de la documentación que lo acredita y que mantendrá dicho cumplimiento.

  • Actividades comerciales y de servicios.
  • Oficinas, con carácter general.
  • Instalaciones solares térmicas o fotovoltaicas.
  • Cerramientos, muros y vallados.
  • Reformas interiores parciales.
  • Reparación de cubiertas, canalones, bajantes o fachadas.
  • Ejecución de vados.
  • Movimientos de tierra.
Control posterior

El Ayuntamiento conserva sus facultades de comprobación, control e inspección.

Licencia urbanística

Autorización previa

La licencia urbanística se exige para actuaciones que requieren resolución municipal expresa antes de iniciar la obra, uso, instalación o actividad.

  • Obras de nueva planta.
  • Ampliación, reforma o rehabilitación de edificaciones.
  • Obras en edificios protegidos o catalogados.
  • Primera utilización y ocupación.
  • Demoliciones, salvo ruina física inminente.
  • Casas prefabricadas e instalaciones similares.
  • Actuaciones en suelo no urbanizable.
  • Obras o instalaciones provisionales.
Autorización previa

No debe iniciarse la actuación hasta contar con la resolución municipal correspondiente.

Resumen

Resumen de tramitación

Procedimiento Cuándo se utiliza Inicio de la actuación Control municipal
Comunicación Actuaciones sencillas, cambios de titularidad y obras de escasa entidad. Desde la presentación de la documentación completa. Comprobación posterior, si procede.
Declaración responsable Obras o actividades en las que el interesado declara cumplir la normativa aplicable. Desde la presentación de la documentación completa. Comprobación, control e inspección posterior.
Licencia urbanística Actuaciones de mayor entidad o que requieren autorización previa municipal. Una vez concedida la licencia. Control previo mediante informes y resolución municipal.
Documentación

Documentación general

La documentación concreta dependerá del tipo de actuación, pero con carácter general deberá presentarse el modelo correspondiente y la documentación administrativa o técnica exigida.

  • Solicitud, comunicación o declaración responsable en modelo normalizado.
  • Identificación de la persona interesada o representante.
  • Referencia catastral del inmueble, parcela o local.
  • Memoria descriptiva o técnica, cuando proceda.
  • Planos, presupuesto y documentación técnica según la actuación.
  • Proyecto técnico, si resulta exigible.
  • Justificante de pago de tasas, impuestos o fianzas correspondientes.
  • Autorizaciones sectoriales, cuando sean necesarias.
Subsanación

Revisión de la solicitud

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o la documentación está incompleta, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que subsane en el plazo correspondiente.

Archivo del expediente

Si no se atiende el requerimiento, podrá tenerse por desistida la solicitud y archivarse el expediente, previa resolución.

Dato obligatorio: referencia catastral de la finca, local, parcela o inmueble.

Pago: deberán abonarse las tasas, impuestos o fianzas que correspondan.

Vigencia

Plazo de las licencias

Las licencias urbanísticas tendrán vigencia mientras se realicen los actos amparados por ellas y conforme a las condiciones establecidas.

Plazos generales

Inicio y finalización

Si la licencia no fija plazos expresos, se entenderá otorgada con el plazo de un año para iniciar las obras y tres años para finalizarlas.

Prórroga

Solicitud de prórroga

Los plazos podrán prorrogarse a solicitud del titular, siempre que se solicite antes de la finalización del plazo concedido.

Caducidad

Caducidad de la licencia

La licencia podrá caducar si no se inicia la actuación en plazo, si se interrumpe durante más de seis meses, si no se finaliza en plazo o si no se inicia la actividad cuando corresponda.

Importante

Las actuaciones realizadas una vez declarada la caducidad de la licencia se considerarán no autorizadas, salvo los trabajos estrictamente necesarios de seguridad y mantenimiento.

Tramitación electrónica

Sede Electrónica

Las solicitudes, comunicaciones y declaraciones responsables podrán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torres de la Alameda.

Área municipal

Urbanismo

Para consultas sobre el trámite aplicable, documentación necesaria o estado de expedientes, puede contactar con el área municipal competente.

Ayuntamiento de Torres de la Alameda

Área de Urbanismo

Plaza del Sol, 16 · 28813 Torres de la Alameda

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